El proceso de adopción de la NIIF para las PYMES puede
iniciarse directamente con aplicar la sección 35 de esa NIIF el cual se llama “Transición
a la NIIF para las PYMES”, la ual debe ser utilizado preferentemente por
personas que realmente conocen las secciones de esta NIIF, caso contrario se
sugiere que primero se conozcan las principales secciones de la NIIF para las
PYMES.
Como se ha dicho en artículos anteriores, de las 35
secciones que contiene la NIIF para las PYMES, no todas son aplicables a la
entidad que la adoptará, por lo que lo primero que se debe hacer es determinar
cuales secciones son aplicables a una entidad especifica, y es ahí donde el
conocimiento sobre esta NIIF es imprescindible, ya que es algo similar al dicho
que dice “el que no sabe es como el que no ve”.
Porque hablamos tanto de la adopción de la NIIF para las
PYMES y no de la adopción de la NIIF completas, bueno es sencillo, ya que en El
Salvador el 99.99% de las entidades no cotizan en la Bolsa de Valores, y por lo
tanto técnicamente están obligadas a adoptar la NIIF para las PYMES, ya que las
NIIF completas la deben adoptar las entidades que cotizan en la Bolsa de
Valores.
Otro término que no deja de causar algún tipo de confusión es
el de “entidad”, el cual si se lee la sección 1 de la NIIF para las PYMES no
tiene ninguna definición, y es a través de la diferente lectura que se ha hecho
sobre este término, que se llega a la conclusión que se refiere tanto
organizaciones a nivel individual como a nivel colectivo (jurídicas), por
ejemplo una entidad puede ser un negocio de un comerciante individual, como una
sociedad que también se dedique al comercio, industrial, etc., igual calificativo
se les puede dar a la Asociaciones Cooperativas, etc.
Continuaremos en la próxima……
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