Servicio integral

Contamos con un staff de abogados que unido a la experiencia de más de 15 años en la contaduría y auditoria, permiten brindar servicios de la más alta calidad.

jueves, 29 de marzo de 2018

RADIOGRAFÍA DE LA PROFESIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO EN EL SALVADOR



Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

Los últimos cambios que ha experimentado la contaduría pública en El Salvador, se han dado a partir del año 2017, en donde se aprueban una serie de reformas a la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría (LREC), las cuales entraron en vigencia el 1 de diciembre de dicho año, después de superar una serie de observaciones que el señor Presidente de la República le hizo al decreto legislativo original.

Actualmente hay cinco gremiales de contadores y auditores: Corporación de Contadores de El Salvador, Instituto Salvadoreño de Contadores Públicos, Asociación de Auditores Independientes de El Salvador, Instituto de Auditoria Interna de El Salvador y la Red de Contadores de El Salvador.

De estas cinco gremiales, tres de ellas se opusieron a la redacción del decreto original que aprobó la Asamblea Legislativa, lo que incidió a que el señor Presidente de la República devolviera con observaciones dicho decreto.

Las asociaciones que defendieron al gremio son: Corporación de Contadores de El Salvador, Instituto Salvadoreño de Contadores Públicos y la Red de Contadores de El Salvador; las otras dos tomaron una posición de comodidad.

Seguidamente se da la aprobación de un Código de Ética local denominado “Código de Ética Profesional para Auditores y Contadores”, el cual sustituyó al Código de Ética para los profesionales de la Contabilidad elaborado por Federación Internacional de Contadores (IFAC), que el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoria (Consejo) había aprobado en el 2013 para estar en armonía con la globalización de la profesión, entrando en vigencia hasta el 2014.

Según el Presidente del Consejo, el nuevo Código de Ética fue aprobado antes del 22 de noviembre de 2017, fecha en la cual dicho funcionario informó de ello a los representantes de las gremiales, pidiéndoles que lo revisaran y dieran sus opiniones, dejando en claro que ya no había marcha atrás en dicho cambio.

El argumento del cambio del Código de IFAC por uno local, fue que el Consejo tenía que pagar US$ 2,500.00 al año a esa entidad, en calidad de royalty y que ellos no tenían esa cantidad de dinero para desembolsarla, ante lo cual las gremiales propusieron que ese gasto se repartiera entre las cinco gremiales y el Consejo, lo cual significaba para cada entidad un desembolso anual de alrededor de US$ 417.00, pero ni aun así el Consejo dio marcha atrás en su proyecto.

Tanto la Corporación de Contadores de El Salvador, como el Instituto Salvadoreño de Contadores Públicos y la Red de Contadores de El Salvador, enviaron una carta al Consejo explicando las razones técnicas por las cuales no era conveniente cambiar el Código de Ética elaborado por IFAC, sin embargo no fueron tomadas en cuenta. Nuevamente se contó con la pasividad de las mismas gremiales que no objetaron la redacción a la LREC.

Por otra parte sin que las gremiales de Contadores y Auditores se dieran cuenta, el Consejo envió al Ministro de Economía un proyecto del Reglamento de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría (Reglamento), sin haber pedido la opinión de las gremiales profesionales de contadores, tal como lo exige el art. 36 letra e) de la LREC, quedando nuevamente en evidencia que el órgano que controla y regula la contaduría pública en El Salvador, actual discrecionalmente y al margen de su propia ley.

Debido a las observaciones al proyecto del Reglamento que le hicieron en el Ministerio de Economía, el Presidente del Consejo pidió a los representantes de las gremiales de contadores y auditores, que dieran sus sugerencias de mejoras ¿Qué hubiera pasado si no hay observaciones?

Como conocedor de la técnica legislativa, mi primera impresión al ver el Reglamento de la LREC, es que quien lo hizo realmente tiene un perfil profesional bajo, porque no abordó temas de fondo, volvió a tocar temas que están claros en la ley, hay disposiciones que no están en la Ley pero se han incorporado ignorando la jerarquía de la ley respecto a un reglamento, se asume que ante una denuncia contra un contador público éste es culpable obviando el principio de inocencia que contempla nuestra Constitución, etc.

Esta radiografía de la profesión pone al descubierto que falta mucho por mejorar al interior del Consejo, en su actuar como ente rector de la contaduría pública y auditoria, pero hoy con la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al administrado se le dan instrumentos para exigir el apego a la ley.



No hay comentarios: