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lunes, 17 de febrero de 2020

CONVERSATORIO CON DIRECTORES DEL CVPCPA


El pasado viernes 14 de febrero del corriente año, una gremial de contadores y auditores organizó un evento que lo tituló como CONVERSATORIO donde llegaron algunos directores del Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoria (Consejo), abordando el contenido de las resoluciones que han emitido bajo las referencias 326/2019 y 327/2019, así como la nueva actualización de datos que están solicitando en forma extraordinaria a los profesionales inscritos en dicha entidad.


Con relación a la actualización de datos 2020, el representante del Consejo dijo que solo alrededor de 45% de los inscritos en esa entidad, lo hicieron en el plazo que otorga la ley. La solicitud de volver actualizar datos es para todos los inscritos en el Consejo (hayan o no presentado esta información), la cual solo se podrá hacer en linea desde el 10 de febrero al 10 de abril de 2020, sin embargo esta limitante no está en la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría (en adelante LREC).

El inciso final del articulo siete de la LREC, establece:

"CONTENIDO DE LOS REGISTROS
Art. 7.- Los registros contendrán la siguiente información:

La dirección deberá ser actualizada cada año para lo cual se deberá informar en los primeros treinta días del año al Consejo, o dentro de los treinta días siguientes al cambio de la misma. De igual manera, las personas jurídicas deberán actualizar la credencial de sus administradores, así como la nómina de sus socios, accionistas o asociados y cualquier modificación en su pacto social."

Si nos fijamos bien, la ley solo exige actualizar la dirección cada año, sin embargo según el funcionario del Consejo, la nueva actualización incluirá otra información como por ejemplo: si un profesional está afiliado a dos gremiales ¿Con cuál de las dos está identificado más? y aparentemente esto es para los futuros nombramientos de los directores en el Consejo.

¿Será constitucional está clase de pregunta? ¿Afectará algún derecho de los contadores públicos? Hay que asesorarse con los especialistas.

La actualización de datos, es un trámite administrativo que debe regirse por la Ley de Procedimientos Administrativos, la cual en el inciso 4 del art. 4 establece que todo requisito de un trámite debe estar expresamente escrito en la ley:

"Eliminación de requisitos innecesarios
Art.4....

La administración no podrá exigir requisitos para el cumplimiento de obligaciones o para el ejercicio de actividades y derechos que no se encuentren respaldados por el ordenamiento jurídico."

Nos guste o no, la LREC actualmente solo exige actualizar la dirección; si eso no es suficiente, entonces hay que gestionar una reforma y hasta que esta entre en vigencia, de ahí en adelante se puede solicitar el requisito; es decir que ningún funcionario puede pedir al administrado un requisito que no existe en la ley.

Con respecto a la posición de esta entidad sobre las resoluciones mencionadas, principalmente sobre la 326, se puede comentar que se mantiene inalterable, muy a pesar de que algunos asistentes les expresamos que la realidad era diferente a la que ellos mencionaron.

En otras palabras, la prohibición que el contador tiene en forma expresa de no firmar estados financieros de 2019, si estos no están elaborados en base a la normativa contable que le corresponde utilizar se mantiene; igual situación con la de los auditores de no firmar dichos estados financieros.

El presidente del Consejo mencionó que se habían reunido con las gremiales empresariales, quienes les dieron su apoyo a la resolución 326/2019 sobre la obligatoriedad del empresario de adoptar el marco de contabilidad que le corresponde.

También externó que en esta semana la Superintendencia del Sistema Financiero, publicará un comunicado encaminado a apoyar la resolución 326/2019 y que espera que la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles también se sume a este esfuerzo.

¿Ante esta situación qué debe hacer el empresario? En primer lugar, tener un contador que domine la normativa que le corresponde a su empresa, para que este le explique los efectos financieros que afectan a su empresa.

En El Salvador hay dos marcos de contabilidad: Las Normas Internacionales de Información Financiera versión completa, conocida como NIIF completas; y la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades. El 98% de las entidades utiliza esta última, independiente si es gran contribuyente para efectos tributarios.



Lo que me llamó la atención, es que los directivos de la gremial que organizó este evento no dieron a conocer su posición, infiriendo que la avalan ya sea por consenso o temor. Esto lo menciono con el debido respeto porque conozco a más de un directivo de esta gremial.

La inactividad de las gremiales de contadores y auditores ante temas que afectan los intereses de sus agremiados, genera la siguiente incertidumbre ¿En qué posición queda el Miembro de ellas? Definitivamente Indefenso ante la autoridad administrativa.

Ante esta realidad, surge la siguiente pregunta ¿Para qué existen las gremiales? En teoría para defender los intereses de sus agremiados.

El Consejo tiene toda la facultad para reglamentar la profesión apegándose a la ley, considerando que pueden lograr más fácilmente sus objetivos, si inician un proceso de dialogo con las gremiales; el escuchar lo que piensa la parte de los administrados les puede dar insumos muy importantes para sus decisiones. Cerrarse a que por ser la autoridad tiene la razón, creo que no es lo apropiado.

La decisión de rebatir con ideas y propuestas una resolución del Consejo, no deber verse como una resistencia antojadiza o caprichosa, sino más bien como un mecanismo de dialogo entre las partes involucradas, que respetan el estado de derecho. El propio presidente del Consejo mencionó que estaban abiertos a escuchar a los asistentes al conversatorio, y efectivamente así lo hizo, dándose cuenta que según algunos asistentes hay otra versión de la realidad.

Los directores del Consejo son contadores públicos, pero en este momento comprendo que su rol es de supervisor de parte del Estado, pero eso no les debería hacer perder de vista de donde vienen, ya que su nombramiento es por tres años y luego regresaran al sector donde pertenecen, es decir a ser un profesional independiente.

El presidente del Consejo dio a conocer que promoverán una reforma total a la ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría (LREC), mencionando que hoy enviarían a las gremiales una carta solicitándoles sus aportes para este proyecto.

Reformar la LREC lo considero necesario porque hay artículos que han quedado redactados de una forma que no son entendibles fácilmente; el proyecto de reforma es un tema de FONDO que pondrá nuevamente a prueba a los directivos de las gremiales de contadores y auditores.

En 2017 se hicieron reformas a la LREC sin que el Consejo pidiera opinión a las gremiales, lo que motivó a que las gremiales CORPORACION DE CONTADORES DE EL SALVADOR, INSTITUTO SALVADOREÑO DE CONTADORES PUBLICOS Y LA RED DE CONTADORES DE EL SALVADOR, se unieran y pidieran al señor presidente que vetara esas reformas, lo cual se logró, pero la débil institucionalidad de estas entidades permitió que los señores diputados superaran el veto presidencial.

Esta unión se ha conocido con el término INTERGREMIAL, la cual considero que potencia y visibiliza a las gremiales de contadores y auditores, sin embargo, la rivalidad que existe entre algunas de ellas mina los cimientos de este mecanismo de representación del gremio.

El conversatorio es un buen instrumento para reunir a la administración (Consejo) y administrados (contadores públicos inscritos en el Consejo) para tratar temas en común; la administración tiene la oportunidad de explicar directamente al administrado los objetivos de sus resoluciones, es decir que los ha motivado a implementarlas; y el administrado tiene la posibilidad de exponer lo que esas resoluciones le generan en el desarrollo de su labor como profesional de la contaduría.

Es normal que hayan puntos de vista distintos en cualquier actividad humana, siendo esto lo que enriquece el debate, ya que ambas partes pueden tener razón o no en sus planteamientos. Ninguna de las partes debe tomar como personal lo que exponga la otra, sino más bien como un insumo que contribuye a esclarecer  un tema de interés común. Con esta clase de eventos, quien gana es la profesión.

Este artículo no pretende contradecir per se a la autoridad administrativa (Consejo), sino más bien crear un espacio de dialogo con los administrados, ya que este mecanismo es el que se utiliza por excelencia en situaciones donde existen más de un punto de vista en instancias internacionales como es el concierto de las Organización de las Naciones Unidas (ONU), y ha dado muy buenos resultados.

Aun hay parte de la historia que escribir sobre la adopción del marco de contabilidad que le corresponde a cada entidad en El Salvador.





martes, 28 de enero de 2020

PROHIBICIÓN DE FIRMAR ESTADOS FINANCIEROS QUE NO ESTÉN DE ACUERDO AL MARCO DE CONTABILIDAD QUE LE CORRESPONDE UTILIZAR A LA ENTIDAD


Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

El pasado 23 de enero de 2020 circuló en las redes sociales las resoluciones 326/2019 y 327/2019 del Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría (en adelante Consejo), llamando la atención el contenido del romano I de la resolución 326, el cual se transcribe a continuación:

“PREVENIR A LOS AUDITORES Y CONTADORES, ABSTENERSE DE FIRMAR ESTADOS FINANCIEROS DEL AÑO 2019, SI NO ESTÁN CONFORME A LAS VERSIONES DE NIIF ADOPTADAS POR ESTE CONSEJO, SO PENA DE APLICAR LAS ACCIONES LEGALES POR LA NO ELABORACIÓN DEL TRABAJO DE AUDITORIA Y CONTABILIDAD, CONFORME A LA NORMATIVA TÉCNICA Y CÓDIGO DE ÉTICA VIGENTES.”


El Consejo como ente rector de la contabilidad y auditoría en El Salvador tiene la facultad para emitir esta clase de resoluciones, sin embargo, considero que con ella no se ataca la causa que realmente genera el incumplimiento de la adopción de las NIIF (completas, PYMES o MICROPYMES), la cual es que EL EMPRESARIO SE RESISTE a utilizar el marco de contabilidad internacional que le corresponde a su empresa.

¿Por qué se resiste el empresario a utilizar las NIIF? Bueno porque estas normas de contabilidad son internacionales y exigen hacer una serie de estimaciones y revelaciones que no le benefician al empresario, quienes en su mayoría están preocupados por presentar estados financieros saludables para ser sujetos de crédito en el sistema financiero, pero que si aplican las NIIF los resultados económicos de sus empresas serán menos atractivos para las instituciones financieras.

Esta es la verdadera o principal causa de que la implementación de las NIIF no se haya completado después de casi 20 años de haberse adoptado, por lo que me extraña que los colegas del Consejo que son contadores públicos y conocen la realidad del problema, insistan en presionar al contador y al auditor por el cumplimiento de las NIIF, lo cual no es su responsabilidad sino del empresario.

No se puede negar que hay algunos contadores y auditores que se resisten a implementar las NIIF o las Nomas Internacionales de Auditoría conocidas como NIA, pero estos son un pequeño porcentaje, la mayoría de colegas las aplican pero se topan con el muro empresarial.

Las reformas que se hicieron a la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría (en adelante LREC) en 2017, en el art. 22 letra j), prohíben al contador firmar estados financieros que no hayan sido preparados en base a las Normas Internacionales de contabilidad que el Consejo haya aprobado.

Vale la pena recordar que dichas reformas fueron aprobadas sin tomar en cuenta a las gremiales de contadores, a tal grado que gracias a la unión de la CORPORACIÓN DE CONTADORES DE EL SALVADOR, INSTITUTO SALVADOREÑO DE CONTADORES PÚBLICOS Y RED DE CONTADORES DE EL SALVADOR, el señor presidente Sánchez Cerén las vetó, pero al regresar a la Asamblea Legislativa superaron el veto sin tomar en cuenta las observaciones que le hicieron estas gremiales al proyecto original. Esto demuestra que el gremio de contadores y auditores necesita de un cambio de visión y acción para que sea tomado en cuenta por los señores diputados de la Asamblea Legislativa.

Debido a que la LREC no le da facultad al Consejo para ordenarle al empresario que adopte las NIIF, su directorio recurre a presionar al contador y auditor, en lugar de promover a través del Ministerio de Economía una reforma a la ley para que el empresario tenga la obligación de utilizar las NIIF (completas, PYMES o MICROPYMES) y en caso de no cumplirla pueda ser sancionado económicamente. 

¿Por qué se propone una reforma a la ley? Debido a que en El Salvador, existe la cultura que si no hay sanción económica, no se cumple cualquier disposición legal que sea; algunos empresarios preguntan ¿Si por no implementar las NIIF hay sanción? y al contestarle que no, dicen entonces no lo hagamos todavía, por mucho que el auditor externo se los recomiende y si les da un dictamen modificado por tal situación, ya no lo vuelven a contratar.

La obligatoriedad de que los estados financieros se preparen de acuerdo a las NIIF (completas, PYMES o MICROPYMES), debería incluirse en el Código Tributario con su respectiva sanción, por su incumplimiento. 

El Consejo está prohibiendo a los contadores firmar estados financieros que no se hayan elaborado de acuerdo con las NIIF, sin embargo hay una realidad que no se puede ocultar y es que en la mayoría de los casos el contador es un empleado permanente que depende del salario que le paga el empresario para subsistir, por lo que si este no quiere adoptar las NIIF, al contador no le queda otra opción que obedecer o perder su empleo. Hay que ser realistas y decir que en El Salvador las fuentes de trabajo para contadores son escasas.

En cuanto a los auditores también se les prohíbe firmar estados financieros que no están de acuerdo con las NIIF (completas, PYMES o MICROPYMES), muy a pesar de que de darse tal situación, según la Resolución 120/2018 del mismo Consejo, lo debe revelar en su dictamen



Esta prohibición causa extrañeza porque en la LREC no hay una prohibición expresa para el auditor, para firmar estados financieros cuando la entidad no utiliza el marco de contabilidad que le corresponde, y prueba de ello es que en la Resolución 120/2018 del 28.9.2018 el Consejo le indicó a los auditores que cuando una entidad no prepare sus estados financieros de acuerdo al marco de contabilidad que le corresponde, este tiene que emitir un dictamen tomando de parámetro la NIA 800 AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS PREPARADOS DE ACUERDO CON MARCOS DE REFERENCIA DE PROPÓSITO ESPECIALES.

Si el auditor revela en su dictamen que los estados financieros de la entidad no están conforme a las NIIF, cumple su obligación técnica, establecida en la Resolución 120/2018, entonces ¿Por qué prohibirle que firme los estados financieros de la entidad? Hacerlo genera una confusión técnica entre las resoluciones 120/2018 y 326/2019

Tomar medidas tan extremas como las que incluye la Resolución 326 del Consejo,  sin atacar la verdadera causa del problema del retraso en la adopción de las NIIF, me parece que no es lo apropiado, y nuevamente las gremiales de contadores y auditores no se pronuncian rápidamente.

En este tema esperemos que en esta ocasión las gremiales se  involucren activamente, porque el contenido de la resolución 326 afecta a la mayoría de sus Miembros. 

Este artículo no busca entrar en conflicto con ninguno de los actores relacionados con este tema, sino más bien dar un punto de vista diferente para tratar de lograr superar la falta de la adopción de las NIIF en El Salvador.

martes, 14 de enero de 2020

LA ÉTICA VERSUS LA REALIDAD EN EL GREMIO DE CONTADORES Y AUDITORES


Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

La semana pasada la Fiscalía General de la República (FGR) capturó a varias personas a quienes se les atribuyen ser parte de una red, que permitió actos de corrupción de parte de un expresidente de la Asamblea Legislativa.



Dentro de estas personas hay tres empleados de la Corte de Cuentas de la República, que integran el staff de auditores de dicha entidad; a ellos se les acusa de delitos de incumplimiento de deberes y falsedad material.

Según la noticia periodística, el monto de la afectación al Estado salvadoreño sobrepasa los doscientos mil dólares, y por lo visto en las redes sociales, estas personas ya fueron juzgadas civilmente, aunque apenas comienza el proceso judicial.

Sin duda alguna las redes sociales son un excelente medio de comunicación masiva si se saben utilizar, pero si no es así, bueno entonces generan en el pueblo resentimientos, enojos y frustración, lo cual se manifiesta a través de mensajes de condena sin respeto y en muchos casos con un contenido vulgar.

De esta noticia se desprenden una serie de preguntas como, por ejemplo: 
  1. ¿Son todos los contadores y auditores corruptos? 
  2. ¿Deben pronunciarse las gremiales de estos profesionales cuando se den casos donde están involucrados algunos colegas, sean Miembros o no de una gremial?

Lo que preocupa con esta clase de noticias es el daño que se le hace a la imagen de los contadores y auditores, ya que en nuestro país existe la costumbre a GENERALIZAR, y muchas personas dicen LOS CONTADORES Y AUDITORES SON CORRUPTOS, lo cual no es cierto, ya que como en toda profesión puede haber algunos colegas que sean tentados por la corrupción, pero la gran mayoría no se prestarían a ello.


Es conveniente esperar que el proceso siga su curso respetando el principio de inocencia y dejar que la institucionalidad funcione; si al final se comprueba la culpabilidad de los colegas auditores, entonces les tienen que aplicar la pena que establece la ley, pero si no logran comprobar su culpabilidad, entonces los medios de comunicación deben tratar de repararles el daño moral que les hubieran ocasionado.

Con las redes sociales, hoy un profesional independiente está expuesto a que lo hagan pedazos antes de que se averigüe la verdad, y eso es malo, porque una vez se le afecta negativamente su imagen profesional, es casi imposible que pueda recuperarla. 

Las gremiales de contadores y auditores a la fecha no se han pronunciando al respecto, lo cual lo considero que es malo para la profesión; quizás sus directivos tengan temor a que los cuestionen, sin embargo soy de la opinión que deben hacerlo de una forma objetiva por el bien de sus Miembros, socios o afiliados, ya que en el atarrayaso de señalamientos de corrupción se van todos los contadores y auditores y eso no es justo.

No pronunciarse es dar a entender que no se tienen elementos para defender al gremio, y claro que los hay. Ningún gremio debe apoyar actos de corrupción vengan de donde vengan, por el contrario, deben tomar acciones para que sus afiliados estén conocedores de las posibles repercusiones que pueden tener si toman una mala decisión profesional.

Hasta donde conozco las gremiales son respetuosas de la institucionalidad del Estado, asimismo para minimizar el riesgo de que algún Miembro se vea involucrado en situaciones de posibles actos de corrupción o lavado de dinero, ellos imparten capacitaciones sobre el CÓDIGO DE ÉTICA PARA PROFESIONALES DE LA CONTABILIDAD, que ha emitido la Federación Internacional de Contadores conocida como IFAC, el cual ha sido adoptado por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoria.

La ETICA es una palabra de tan solo cinco letras, pero de gran connotación social, debido a su impacto en la sociedad, cuando un profesional actúa incorrectamente.

La ética se cimienta en los valores morales de la familia, surgiendo la siguiente pregunta ¿Y a los padres quién los educó con esos valores? La respuesta es que fueron sus padres, y a esos padres ¿Quién les enseñó o fomentó esos valores? la respuesta vuelve a ser sus padres, así es la de nunca terminar, a tal grado que no se logra identificar dónde como sociedad se está fallando al producir ciudadanos frágiles a las mieles del dinero.

La respuesta es que el SISTEMA EDUCATIVO es el perverso, el cual fue modificado para ir minando la construcción de valores en los estudiantes, quienes al cabo de algunos años serán profesionales, luego empleados, empresarios, padres, abuelos, etc.

La sociedad debe combatir la(s) causa(s) que crea(n) personas que tienen valores morales frágiles, que les hacen ser objeto de la tentación de verse involucrado en situaciones que pueden lindar con un delito.

Las gremiales son las llamadas a mantener una política constante contra la corrupción, por medio de eventos de ética gratis, boletines técnicos en los cuales hagan énfasis a que sus Miembros en sus actuaciones profesionales consideren el contenido del Código de Ética de IFAC, entrevistas radiales, o televisivas, etc., siendo lo más neurálgico que los integrantes de sus Juntas Directivas den el ejemplo en sus actuaciones profesionales.

No hay duda que los valores morales fortalecen a la ÉTICA, en cualquier profesión, para que a la hora de tomar una decisión que pueda afectar el honor o imagen del profesional, este no tenga ninguna duda que debe prevalecer el comportamiento profesional ante cualquier aparente beneficio personal,

Si no se quiere que se dañe más la imagen de los contadores y auditores, entonces hay que EXIGIRLES a los directivos de las gremiales, que tomen un actitud más activa en defensa de los intereses de sus Miembros, tal como lo establecen todos los estatutos de las gremiales existentes.


miércoles, 8 de enero de 2020

ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA 2020-2021 CORPORACIÓN DE CONTADORES DE EL SALVADOR


Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

En la segunda quincena de febrero de 2020 se llevará a cabo las elecciones de los integrantes de la Junta Directiva, Comisión del Seguro de Vida y Ayuda Mutua y Auditor en la CORPORACIÓN DE CONTADORES DE EL SALVADOR para el periodo de febrero 2020 a febrero 2022, la cual dicho se paso sea, es la primer gremial fundada en El Salvador, contando a la fecha con 89 años de existencia,

A los Miembros, socios o afiliados de la CORPORACIÓN, este evento nos hace tener expectativas de que quienes resulten electos, logren recuperar su rol protagonista que por muchos años ha tenido dentro del gremio de contadores y auditores de nuestro país.



La gestión de la Junta Directiva del 2018-2019 estuvo llena de turbulencia, a tal grado que hubo un intento de destituir a su presidente, sin tomar en cuenta los estatutos de la gremial; gracias a la cordura de la mayoría de Miembros que asistimos a la Asamblea General, no se logró consumar tal destitución, sin embargo esto ha afectado negativamente la imagen institucional.

Fui uno de los Miembros que me opuse a la destitución del presidente de la Junta Directiva, junto a colegas como José Romero, Cristóbal Aguirre, Tomás Aguirre y otros más, no porque estuviéramos satisfechos de la gestión de la Junta Directiva, sino porque los Estatutos de la CORPORACIÓN, no contemplan las causales para destituir a un directivo y el procedimiento a seguir.

Lo que pasó en 2019 respecto a la intención de destituir a un directivo sin base legal, debe abrir los espacios de discusión para que haya reformas a sus Estatutos, ya que existen muchas situaciones que no están reguladas.

Esta incómoda situación que vivió la CORPORACIÓN refleja lo que siempre he dicho basándome en mis 29 años de ser Miembro de ella, que existen a su interior grupos de interés, lo que demuestra que nos falta mucho por recorrer en lo que se refiere al sentimiento de pertenencia gremial.

El 2020 tiene grandes retos para todas las gremiales de contadores y auditores, y la CORPORACIÓN no está exenta de ellos, así es que los directivos que se elijan en la segunda quincena de febrero 2020 deben asimilar rápidamente el cambio, de lo contrario se continuará perdiendo protagonismo dentro del gremio.

Hay una realidad que no se puede ocultar con un dedo, y es que hoy en día son pocas las personas que se atreven a postularse como directivos, ya que estos cargos demandan bastante tiempo y por lo general nunca se queda bien con la membresía, lo cual desmotiva a cualquiera.

¿Por qué el desencanto de los socios hacia sus directivos en la mayoría de las gremiales? En mi opinión una buena parte del desencanto se debe a:

  1. Querer administrar la gremial como que fuera su finca, sin importar lo que piensen los demás socios.
  2. Mala o nula comunicación institucional entre la Junta Directiva y sus Miembros.
  3. Falta de rendición de cuentas de parte de la Junta Directiva, mediante boletines mensuales. En caso de que envíen boletines, solo incluyen lo positivo que han hecho, a pesar que hayan algunas acciones que no tienen ese calificativo.
  4. La Junta Directiva no consulta a los socios sobre temas de FONDO que les afectan y sienta posición institucional.
  5. Se apoya en la INTERGREMIAL presentar propuestas de reformas tributarias y no se las envían a sus Miembros dicha propuestas.
  6. No contar con personal idóneo en los cargos de jefatura y colaboradores administrativos.
  7. Algunos directivos piensan que su visión sobre la profesión es la MÁXIMA y por lo tanto es la que debe prevalecer.
  8. Hay directivos que no dan un valor agregado a la gestión de la gremial, es decir que solo llegan para la foto y los refrigerios, lo cual recarga el trabajo de los demás directivos. 
  9. Quizás haya que disminuir el periodo de funciones de una Junta Directiva de dos a un año, por el cansancio que reflejan muchos directivos en el segundo año de su gestión, ya que algunos dejan de llegar a las sesiones de Junta Directiva sin ninguna explicación o piden permiso alegando situaciones que no son creíbles.
  10. En algunos casos se percibe que algunos directivos se aprovechan económicamente de la gremial, ya sea brindando capacitaciones cobradas u otras negociaciones que les generan beneficios.




Todos los seres humanos estamos expuestos a equivocarnos en el transcurso de nuestras vidas, dado que no existe una persona perfecta. Equivocarse no debe ser visto como algo negativo, ya que brinda la oportunidad de aprendizaje y experiencia además de la motivación de mejorar y lograr mejores resultados. 

Quienes quieran postularse para la presidencia de la CORPORACIÓN, deberían elaborar un plan de trabajo que contenga las metas que se proponen lograr en los próximos dos años, debiendo ser realistas en establecerlas; una de ellas tendría que ser, tratar de conciliar los intereses de los diferentes grupos que existen a su interior.

La administración de la CORPORACIÓN  debería enviar un correo a sus Miembros informando de las próximas elecciones, a fin de motivar a que haya más de una planilla para efectos de competencia sana y propósitiva.

El socio o socios que se puedan inscribir para el cargo de presidente, debería(n) solicitarle a la administración de la CORPORACIÓN que enviará su plan de trabajo a todos los Miembros antes de la fecha de las elecciones, para que el socio lo conozca y analice antes de emitir su voto. Hoy esto es posible hacerlo gracias a la tecnología de los medios de comunicación que funcionan con Internet.

Una cualidad que debe tener la persona que presida esta gremial, es ser concertador, pero sobre todo debe SABER ESCUCHAR a los Miembros. Esto último aparentemente no debería ser ningún problema, sin embargo en la realidad muchas personas una vez logran llegar a este cargo, se olvidan de escuchar lo que piensan los socios,

Para la CORPORACIÓN se avecina una oportunidad para que quienes resulten electos como directivos para el periodo 2020-2021, evalúen la posibilidad de elaborar conjuntamente con sus Miembros un plan estratégico para un periodo de al menos cinco años.

martes, 31 de diciembre de 2019

REFLEXIONES 2019 SOBRE EL GREMIO DE CONTADORES Y AUDITORES


Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

Hoy finaliza el año 2019, por lo que haré una reflexión del actuar de las Juntas Directivas del gremio de contadores y auditores, el cual  está representado por las siguientes Asociaciones: CORPORACIÓN DE CONTADORES DE EL SALVADOR (CORPORACIÓN), INSTITUTO SALVADOREÑO DE CONTADORES PÚBLICOS (ISCP), ASOCIACIÓN DE AUDITORES INDEPENDIENTES DE EL SALVADOR (AIDES), ASOCIACIÓN INSTITUTO DE AUDITORIA INTERNA DE EL SALVADOR (IAI EL SALVADOR), ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN CONTADURÍA PÚBLICA DE ORIENTE (ASPECPO) y RED DE CONTADORES DE EL SALVADOR (REDCOES).




El orden en que aparecen las gremiales se debe a su año de constitución o fundación, y por casualidades del destino soy Miembro activo desde hace 29 Años de la primera gremial que se fundó en nuestro país, CORPORACIÓN DE CONTADORES DE EL SALVADOR y de la última REDCOES en constituirse soy Miembro Fundador desde hace casi 6 años.

En ambas gremiales he colaborado en sus Juntas Directivas y en algunas comisiones de trabajo, por lo que puedo opinar con propiedad sobre su rol dentro del gremio.

El año 2019 para la CORPORACIÓN fue turbulento, porque un grupo de Miembros quisieron destituir al presidente de su Junta Directiva, pero otro grupo de Miembros que somos institucionales no lo permitimos basándonos en nuestros Estatutos, sin embargo, el relevo en la presidencia se dio por el fallecimiento de su presidente licenciado José Francisco Mendoza (QDDG).

Este pleito interno en la Junta Directiva de mi querida CORPORACIÓN no permitió que su aporte a la profesión se notara, sino por el contrario se percibió que se había retrocedido en el liderazgo que esta Asociación siempre ha tenido dentro del gremio.

En febrero de 2020, habrá elecciones de los nuevos integrantes de su Junta Directiva de la CORPORACIÓN para el periodo 2020-2021, esperando que quienes resulten electos puedan cambiar esta percepción.

El año 2019 fue positivo para REDCOES, porque lograron su incorporación a la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) y van a cerrar el año con más de 700 Miembros según comentarios de algunos directivos. Todo esto lo han logrado en tan solo seis años.

Me quiero detener en cuanto al surgimiento de REDCOES en 2014, el cual fue motivado principalmente porque mi querida CORPORACIÓN y el ISCP, habían mercantilizado el conocimiento (capacitaciones) ya que los precios de estas no estaban al alcance de muchos contadores y auditores, por lo que 34 colegas decidimos fundar una nueva gremial con un enfoque diferente, poniendo en el centro de ella al Miembro, con una estrategia de mercadeo elemental TRATAR AL MIEMBRO COMO A NOSOTROS NOS GUSTARÍA QUE NOS TRATEN, la cual sin duda alguna ha dado resultados.



De las demás gremiales no puedo hablar con propiedad, porque no soy Miembro de ellas, sin embargo, puedo dar fe de las diferencias de opiniones que existen por obtener una parte del pastel de los colegas que se quieren afiliar a una gremial.

En 2019 se continuó con un acercamiento entre todas las gremiales para conformar lo que se conoce como INTERGREMIAL, la cual es una instancia que se ha querido formalizar desde hace muchos años, para que las gremiales trabajen juntas en temas comunes, lo cual se ha logrado en algunos casos emblemáticos como por ejemplo cuando gracias a la unión de fuerzas de la CORPORACIÓN, ISCP y REDCOES, el presidente Sánchez Cerén vetó las reformas a la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría que se impulsó en 2017, pero que fueron aparentemente subsanadas por la Asamblea Legislativa (aparente porque superaron el veto, pero el contenido de algunas de esas reformas ha afectado al gremio) .

El problema de fondo que se da en la INTERGREMIAL es el celo o envidia de algunas gremiales respecto a otras, cosa que no son de la institución en sí, sino de las personas que integran o han integrado sus órganos de administración, siendo esta la mayor limitante para que dé los frutos que todos los contadores y auditores esperamos, QUE DEFIENDAN REALMENTE NUESTROS INTERESES.

Cuando digo que DEFIENDAN REALMENTE NUESTROS INTERESES, me estoy refiriendo a que en 2019 la INTERGREMIAL presentó a la DGII dos proyectos de reformas al CÓDIGO TRIBUTARIO, sin embargo, en las gremiales a las que pertenezco ninguna de ellas consultó a sus afiliados qué pensábamos sobre tales reformas, sino que fueron sus directivos quienes decidieron en temas de FONDO, y a la fecha no hemos recibido dichos proyectos a pesar que ya fueron entregados.

De forma extraoficial, se me ha comentado que no divulgar los anteproyectos de reformas tiene a la base un acuerdo de los representantes de las gremiales a nivel INTEGREMIAL, cosa que me parece absurda con el debido respeto que merecen los colegas que nos representan en esa instancia.

Actuar así denota que muchos directivos no se han dado cuenta lo que pasa a nuestro alrededor, en donde la falta de comunicación oportuna llevó a un nuevo partido político al órgano Ejecutivo de nuestro país. Las épocas han cambiado, y la comunicación a nivel gremial también debe adaptarse a ello, caso contrario se genera una desconexión entre la gremial y sus Miembros.

Otro aspecto que me parece que las gremiales deben retomar con más énfasis, es LA DEFENSA DE LOS INTERESES DE SUS MIEMBROS, ya que en el año 2019 la DGII tomó decisiones arbitrarias con los contadores sin la base legal y en el CVPCPA no se está cumpliendo los 60 días hábiles para autorizar a los colegas como contadores. Esto no me lo he inventado, sino que es una realidad, que todos la sabemos, por lo que me surge la siguiente pregunta ¿Dónde están las gremiales cuando más las necesitan sus Miembros?

Estos temas son de FONDO lastimosamente las gremiales han tenido un perfil casi desapercibido, lo cual es malo para nuestra profesión, ya que da la impresión de que no tienen interés en abordar temas que afectan directamente a sus afiliados, ya que la mayoría de ellos son contadores y no auditores. Este es un reclamo directo para los integrantes de las Juntas Directiva de mi querida CORPORACIÓN y REDCOES.

El rol o finalidad de una gremial no es obtener los mayores excedentes, sino crear un sentimiento de pertenencia, lo cual no se logra solo con dinero, sino a través de todas las actividades que realizan en pro de sus Miembros; una de esas actividades claro que es la capacitación, pero no es la única, existen más para que una Asociación sea verdaderamente una GREMIAL.

El 2020 tiene preparado muchos retos y oportunidades para todos, y las gremiales no son la excepción, así es que a los colegas que están afiliados a una gremial, los exhorto a solicitar a sus directivos a que velen por sus intereses; si no se manifiestan, ellos pensarán que están haciendo bien su labor.

Les deseo a mis colegas contadores y auditores un próspero 2020, que Dios nos de la mayor bendición la SALUD, para poder llevar a cabo todos nuestros proyectos.

miércoles, 11 de diciembre de 2019

CÁLCULO DE AGUINALDOS 2019



El mes de diciembre de cada año genera expectativa para el personal permanente de cualquier entidad privada, ya que el trabajador recibe un ingreso extra que se llama aguinaldo, por lo que se transcriben las principales regulaciones al respecto.

CÓDIGO DE TRABAJO
“Art. 197.- Los patronos estarán obligados al pago completo de la prima en concepto de aguinaldo, cuando el trabajador tuviere un año o más de estar a su servicio.
Los trabajadores que al día doce de diciembre no tuvieren un año de servir a un mismo patrono, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo laborado de la cantidad que les habría correspondido si hubieren completado un año de servicios a la fecha indicada.

Art. 198.- La cantidad mínima que deberá pagarse al trabajador como prima en concepto de aguinaldo será:

1º) Para quien tuviere un año y menos de tres años de servicio, la prestación equivalente al salario de quince días;
2º) Para quien tuviere tres años o más y menos de diez años de servicio, la prestación equivalente al salario de diecinueve días;
3º) Para quien tuviere diez o más años de servicio, una prestación equivalente al salario de veintiún días. (4) (14)

Art. 199.- Para calcular la remuneración que el trabajador debe recibir en concepto de aguinaldo, se tomará en cuenta:
1º) El salario básico que devengue a la fecha en que debe pagarse el aguinaldo cuando el salario hubiese sido estipulado por unidad de tiempo; y
2º) El salario básico que resulte de dividir los salarios ordinarios que el trabajador haya devengado durante los seis meses anteriores a la fecha, en que debe pagarse el aguinaldo, entre el número de días laborables comprendidos en dicho período, cuando se trate de cualquier otra forma de estipulación del salario.

Art. 200.- La prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella, deberá pagarse en el lapso comprendido entre el doce y el veinte de diciembre de cada año.”

Ley de Impuesto Sobre la Renta

“Rentas no gravables
Art. 4.- Son Rentas no gravables por este impuesto, y en consecuencia quedan excluidas del cómputo de la renta obtenida:

    16. Los ingresos que en concepto de aguinaldo, reciban los trabajadores a que se refiere el Código de Trabajo y La Ley Sobre Compensación Adicional en Efectivo, hasta un monto no mayor a dos salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios, por consiguiente dicho ingreso no estará sujeto a la retención del presente impuesto.
   Aquellos aguinaldos que sobrepasen el monto a que se refiere el inciso anterior, serán sujetos a la retención y al pago de dicho impuesto, deduciendo los dos salarios  mínimos aludidos.”

Código Tributario:
“Artículo 155.- Toda persona natural o jurídica, sucesión y fideicomiso que pague o acredite a una persona natural domiciliada en la República, una cantidad en concepto de remuneración por servicios de carácter permanente, está obligada a retener el importe que como anticipo del Impuesto Sobre la Renta le corresponde, de acuerdo a las respectivas tablas de retención.
La obtención de la compensación económica en efectivo, en concepto de aguinaldo, que se paguen en el mes de diciembre de cada año, a empleados y trabajadores bajo relación de dependencia laboral, así como a los funcionarios del sector público, municipal y de instituciones autónomas, no será objeto de retención para efectos del pago de impuesto sobre la renta, por parte de sus respectivos agentes de retención. La compensación económica en efectivo o aguinaldo, que no será sujeta de retención serán aquellos valores que no excedan la cantidad mínima establecida en la Ley de Impuesto Sobre la Renta.”

Por lo general las empresas registran mensualmente como gastos una cuota “x” en concepto de aguinaldos, para que sus estados financieros de cada mes sean más confiables; otras lo hacen hasta que lo pagan pudiéndose llevar una mala sorpresa.

Supongamos que la utilidad a noviembre de la empresa que no registra mensualmente el aguinaldo sea $ 3,000.00 pero al hacer el cálculo, los aguinaldos a pagar suman $ 6,000.00

¿Qué se puede pensar sobre la ganancia que existía contablemente a noviembre? Que era correcta, por el contrario a noviembre existía una pérdida, por eso es conveniente registrar el gasto de aguinaldos en cada mes.

Caso 1, cálculo aguinaldo
Juan ingreso a laborar en la empresa ABC, S.A. de C.V., el 1.1.2017 devengando un salario de $ 500.00 pero al 12.12.2019 su salario es de $ 600.00 ¿Cuánto se le debe pagar de aguinaldo a Juan?
Juan al 12.12.2019 tiene 1076 días de laborar en esta empresa, lo que equivale aproximadamente a 2.9479 años, es decir que le tocan 15 días de salario en concepto de aguinaldo según el art. 198 Código de Trabajo:

$ 600/30 días = $ 20.00 diarios

15 días x $ 20.00 = $ 300.00

No es sujeto de retención de ISR


Caso 2, cálculo aguinaldo
Tomás ingreso a laborar en la empresa COBRAS, S.A. de C.V., el 1.2.2019 devengando un salario de $ 600.00 ¿Cuánto se le debe pagar de aguinaldo a Pedro?
Pedro al 12.12.2019 tiene 315 días de laborar en esta empresa, por lo que su aguinaldo será proporcional a 15 días, según el art. 198 Código de Trabajo:

$ 600.00 / 30 días = $ 20.00 diarios
15 días x $ 20.00 = $ 300.00

Pero como Tomás no tiene un año de laborar, los $ 300.00 se le deben pagar proporcionalmente al tiempo laborado

$ 300.00 / 365 días x 315 días= $ 258.90
No es sujeto de retención de ISR

Caso 3, cálculo aguinaldo
Pedro ingreso a laborar en la empresa INVERLIMAR, S.A. de C.V., el 1.1.2016 devengando un salario de $ 300.00 pero al 12.12.2019 su salario es de $ 450.00 ¿Cuánto se le debe pagar de aguinaldo a Pedro?

Pedro al 12.12.2019 tiene 1442 días de laborar en esta empresa, lo que equivale aproximadamente a 3.9507 años, es decir que le tocan de 19 días de salario en concepto de aguinaldo según el art. 198 Código de Trabajo:

$ 450/30 días = $ 15.00 diarios
19 días x $ 15.00 = $ 285.00
No es sujeto de retención de ISR

Caso 4, cálculo aguinaldo
Ernesto ingresó a laborar en la empresa TAX Y MÁS, S.A. de C.V., el 1.1.2009 devengando un salario de $ 700.00 pero al 12.12.2019 su salario mensual es de $ 1,500.00 ¿Cuánto se le debe pagar de aguinaldo a Ernesto?

Pedro al 12.12.2019 tiene 3998 días de laborar en esta empresa, lo que equivale aproximadamente a 10.9534 años, es decir que le tocan de 21 días de salario en concepto de aguinaldo según el art. 198 Código de Trabajo:

$ 1,500/30 días = $ 50.00 diarios
21 días x $ 50.00 = $ 1,050.00
Si es sujeto de retención de ISR, sobre el exceso de $ 600.00

Caso 5, cálculo aguinaldo
Raúl ingresó a laborar en la empresa TODOS AZ, S.A. de C.V., el 1.1.2018 como vendedor que tiene un sueldo base de $ 300.00 más comisiones ¿Cuánto se le debe pagar de aguinaldo a Raúl?

En primer lugar, hay que conocer las comisiones que se le han pagado en los 6 meses anteriores al 12 de diciembre (se presentan datos supuestos solo para ejemplificar):
  
Las comisiones son de junio a noviembre, para este ejemplo, por lo que hay que sacar el promedio de ese ingreso tal como lo establece el art. 199 ordinal 2ª. del Código de Trabajo:

Los días de junio a noviembre son: 30+31+31+30+31+30 = 183

Sueldo base $ 300.00 x 6 meses = $ 1,800.00

Comisiones de junio a noviembre 2019 (datos supuestos); $ 2,000.00 + $ 1,500.00 + $ 1,800.00 +$ 1,200.00 + $ 1,050.00 + $ 1,300.00 = $ 8,850.00

Total sueldo base + comisiones: $ 1,800.00 + 8,850.00 = $ 10,650.00

$ 10,650.00 / 183 días= $ 58.1967 diario

Raúl tiene 711 días de laborar en esta empresa al 12.12.2019 lo que equivale a 1.9479 años, por lo que le corresponde 15 días de aguinaldo, según el art. 198 del Código de Trabajo:

15 días x $ 58.1967 = $ 872.95


Si es sujeto de retención de ISR, sobre el exceso de $ 600.00

Algunas empresas indemnizan anualmente a su personal, sin embargo, para la antigüedad del empleado, esa liquidación no tiene efecto en el cálculo de los aguinaldos.

Quienes deseen tener un archivo en Excel para calcular los aguinaldos en forma automatica, solo con digitar ciertos datos, pueden solicitarnoslo al correo: despacho.castilloguzman@gmail.com