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miércoles, 4 de mayo de 2016

ASPECTOS GENERALES DE LOS TESTAMENTOS

Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

Hay personas que son previsoras a tal grado que no le quieren dejar problemas a su familia cuando mueran, y es por eso que deciden hacer su testamento en vida.

A continuación les indico la información que el Notario le va a pedir a las personas que quieran hacer su testamento:
  1. El testamento más común es el que se conoce como testamento abierto.
  2. Hay que proporcionarle copia del DUI y NIT de quien va a testar (quien quiere hacer su testamento).
  3. Manifestar si antes ya había hecho un testamento o no.
  4. Indicar si sus padres ya fallecieron o no
  5. Hay que buscar 3 testigos que sean mayores de edad y que no se beneficien directa ni indirectamente con el testamento.
  6. Obtener una copia del DUI de cada uno de los testigos;
  7. Si el testador está casado o divorciado, tiene que dar las generales de su pareja o ex pareja (domicilio, profesión u oficio y edad);
  8. Hay que obtener los datos generales de quien o quienes serán los herederos (edad, domicilio, nacionalidad, profesión y oficio);
  9. Cuando solo se deja a una persona como heredero único o universal, es más fácil el proceso;
  10. Si son varios los herederos hay que mencionar los porcentajes en que se distribuirá la herencia, por ejemplo hay 3 hijos como herederos se puede decir que en partes iguales, o decir que a Juan le toca el 50%, a Pedro el 20% y Gladis el 30%; 
  11. También puede darse el caso que el testador deje 3 inmuebles y tenga 3 hijos, entonces dice que a su hijo Juan le corresponde la casa de Lourdes, a Pedro la casa de la colonia Sultana y a Gladis el terreno de Sonsonate (de preferencia hay que dar el número de la matricula y la dirección de cada inmueble);
  12. Algo que no se debe perder de vista es que los herederos se beneficiaran con los activos del testador, pero tienen que estar conscientes que también asumirán las obligaciones que éste tuviera a la fecha de su fallecimiento;
  13. Por lo antes expuesto, cuando se da el proceso de aceptación de herencia, hay que indicarle al Notario o al Juez correspondiente, que acepta la herencia con beneficio de inventario. Esto significa que se hará una valuación de los activos y pasivos, quedando a la decisión del heredero si lo acepta o no.
  14. Puede darse el caso que los activos sumen $ 40,000.00 pero los pasivos $ 75,000.00 o viceversa, por lo que al indicar que es con beneficio de inventario, esto le permite que haga un análisis y decida si acepta o no la herencia.
  15. Al tener toda la documentación, el notario debe hacer un proyecto del testamento, que es conveniente que lo envíe por email al testador para su revisión; una vez revisado se programa la reunión en la cual además del notario tienen que estar presente el testador y los tres testigos. Si falta algún testigo no se puede llevar a cabo la firma del testamento.
  16. Los efectos del testamento emergen únicamente después de la muerte del testador, es decir que mientras no muera, éste puede modificarlo total o parcialmente o anular el testamento, vender los inmuebles, etc

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