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sábado, 13 de abril de 2019

REFORMA AL ART. 131 DEL CODIGO TRIBUTARIO - SUS EFECTOS


Autor: Mario Ernesto Castillo Guzmán

En la plenaria del pasado 10 de abril de 2019, los señores diputados de la Asamblea Legislativa, reformaron la letra b) del art. 131 del Código Tributario, así:

“Contribuyentes Obligados a Nombrar Auditor para Dictaminarse Fiscalmente

Artículo 131.- Están obligados a nombrar auditor para dictaminarse fiscalmente, todos aquellos contribuyentes que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

REDACCION ACTUAL
Haber obtenido un total de ingresos en el año anterior superiores a cinco millones de colones ($ 571.428.57);

REFORMA:
Haber obtenido un total de ingresos en el año anterior superiores a 4,817 salarios mínimos del sector comercio y servicios calculados en dólares de los Estados Unidos de América” ($ 304.17 X 4, 817 SM = $ 1,465,186.89)

Del art. 131 del Código Tributario, las demás letras (conocidas también como literales) no han sido reformadas.

A este decreto le falta la sanción o veto del señor presidente de la república, quien en mi opinión lo va a sancionar, por lo que hay que estar pendiente de ello, para determinar si es o no aplicable esta reforma para el año 2019.

IMPACTO DE ESTA REFORMA

Hay tres actores que van a ser impactados por esta reforma: el sector empresarial, los contadores públicos y el Ministerio de Hacienda.

A los primeros, les va a generar un ahorro de dinero, que lo pueden invertir en sus empresas para mejorarla financieramente hablando. Este tema se vino manejando al interior de las gremiales empresariales, no ahorita, sino desde hace varios años. 

El segundo actor que se verá impactado, somos los contadores públicos quienes veremos disminuidos nuestros ingresos, porque habrán menos clientes que demanden auditorias fiscales, lo cual nos obligará a repensar como enfrentar tal amenaza.

Por otra parte, hay que ver su lado positivo, ya que los riesgos que se asumen con las MYPES son altos a la hora de brindar esta clase de servicios. Los contadores públicos que no estén preparados para replantear su negocio, serán los más afectados. Dios aprieta pero no ahorca.

El Ministerio de Hacienda de seguro será otro impactado, porque sus ingresos fiscales van a disminuir, ya que la labor que desarrollamos un porcentaje importante de contadores públicos que brindamos servicios de auditoría fiscal, ha hecho que muchos contribuyentes cumplan la ley, y paguen sus impuestos como debe ser.

Esto lo venían venir las autoridades fiscales, ya que en diciembre de 2018, notificaron a varios contribuyentes que les asignaban la categoría de grandes, quienes superan los ingresos que se han puesto como techo para no nombrar auditor fiscal.

No nos DEBE extrañar esta noticia, debido a que otros países como México han sido más extremistas, ya que en diciembre de 2013 derogaron la figura del dictamen fiscal, dejándola opcional para ciertos contribuyentes; el gobierno mexicano en lugar de esa auditoria, ha implementado revisiones electrónicas.

El Ministerio de Hacienda para equilibrar esta reforma, está impulsado desde 2017 el proyecto de la factura electrónica en nuestro país, el cual está dirigido a los grandes contribuyentes, para equilibrar sus finanzas en el mediano plazo.

En todo riesgo o amenaza, hay una fortaleza o ventaja, todo depende de la óptica con que esto se vea.

Hay algo que nos debe llamar la atención ¿Fueron tomadas en cuenta las gremiales de contadores y auditores en esta decisión?, así de simple, NO SE DIERON CUENTA DE ELLA, sino hasta que se aprobó.

Lo anterior lo menciono no como un reclamo en sí, sino para conscientizar a los directivos de las seis gremiales de contadores y auditores que hay en El Salvador, que es URGENTE impulsar el proyecto de la INTERGREMIAL, sino siempre tendremos que aceptar lo que otras personas que no son contadores ni auditores, deciden por nuestro gremio.

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